Francisco Javier Torres Pérez

Agente Exclusivo Caser

Te cuento lo que debes saber sobre la declaración de la renta para la campaña 2022-2023. ¡No dejes que este trámite se te eche encima!

El pasado mes de abril se abrió el plazo para la presentación del borrador de la declaración de la renta 2022-2023, también denominada declaración del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Por lo general, este trámite suele suponer quebraderos de cabeza a la hora de realizarlo. Dudas, cambios, novedades y otros factores que hacen que su ejecución sea más compleja de lo que realmente es. Pero no te preocupes, en este artículo voy a explicarte los aspectos clave que tienes que tener en cuenta para que tengas tiempo suficiente para resolver consultas y entregarla dentro de los plazos establecidos.

Ten en cuenta que el IRPF es un impuesto anual obligatorio para los residentes en España, por lo que hay mantener de forma regular la situación con la Agencia Tributaria (AEAT). Sin embargo, la obligatoriedad para hacer la declaración de la renta depende, como su nombre indica, de las rentas obtenidas en el año anterior.

Aspectos clave sobre la declaración de la renta de este año

A la hora de hacer la declaración de la renta, y más allá de saber si los resultados económicos del ejercicio anterior arrojan que debes pagar u obtener devoluciones, es realmente importante que conozcas bajo qué condiciones tienes que entregarla, a fin de evitar multas o sanciones innecesarias. ¡Vamos allá!

Plazos de entrega y vías para presentarla

• 11 de abril al 30 de junio de 2023 (por internet)
• 5 de mayo al 30 de junio de 2023 (por teléfono)
• 1 al 30 de junio de 2023 (presencial)

¿Quién está obligado a hacer la declaración de la renta?

• Trabajadores por cuenta propia o ajena cuyos ingresos superen los 22.000 € en el ejercicio anual, de un único pagador. Si hay más de un pagador, la suma del segundo y los posteriores no deben superar los 1.500 € anuales.
• Trabajadores con ingresos anuales que superen los 14.000 € brutos cuya procedencia sea de más de un pagador.
• Contribuyentes con rendimiento de capital mobiliario y ganancias patrimoniales con rendimientos o plusvalías superiores a 1.600 € brutos anuales.

Novedades en la campaña de la declaración de la renta 2022-2023

• Deducciones del IRPF en territorios como Andalucía, Canarias, Castilla y León, Galicia, Madrid, Murcia, Comunidad Valenciana y Aragón.
• Reducción máxima por aportación a los planes de pensiones privados, que baja a los 1.500 € anuales, mientras que en los de empresa ascienden a 8.500 € anuales.
• Ayuda de 100 € al mes por maternidad para mujeres desempleadas con hijos menores de 3 años
• Aplicación del impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, para personas cuyo patrimonio supere los 3 millones de euros.

Y tú, ¿ya has formalizado la declaración de la renta de este año? Si eres de esos que apura hasta el último momento, te recomiendo que vayas realizando el borrador con antelación para entregarlo dentro de las fechas límite. Si tienes cualquier duda o consulta, puedes contactar conmigo para resolverlas. ¡Que no se te escape nada!

#TuAgenteCaser

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